viernes, 5 de agosto de 2016

NIA 500 - 501 - 510 - 520

NIA 500 – EVIDENCIA DE AUDITORIA

Alcance de esta NIA: Explica lo que constituye evidencia de auditoria en una auditoría de estados financieros y trata de la responsabilidad que tiene el auditor de diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables en las que basara su opinión.

Esta NIA es aplicable a toda evidencia de auditoría obtenida en el transcurso de la auditoría.

Objetivo: el auditor deberá diseñar y aplicar procedimientos de auditoría de forma que le permita obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones en la cual basará su opinión.

Evidencia de Auditoría Suficiente y Adecuada: el auditor deberá diseñar y aplicar procedimientos de auditoria adecuados tomando en cuenta las circunstancias con el fin de obtener evidencia suficiente y adecuada.

Información que se utilizará como evidencia de Auditoría:

  • El auditor considera la relevancia y la fiabilidad que se utilizará como evidencia de auditoría.
  • Evaluará la competencia, la capacidad y la objetividad de dicho experto.
  • Obtendrá conocimiento del trabajo de dicho experto.

Al realizar el diseño de las pruebas de controles y de las pruebas de detalle, el auditor determinará medios de selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento de auditoría.


La evidencia de auditoría es necesaria para sustentar la opinión y el informe de auditoría.  La mayor parte del auditor al formarse una opinión consiste en la obtención y evaluación de evidencia de auditoría.

Parte de la evidencia de auditoría se obtiene aplicando procedimientos de auditoría para verificar los registros contables.

La inspección implica el examen de registros o de documentos, ya sean internos o externos, en papel, en soporte electrónico o en otro medio, o en examen físico de un activo.

La observación consiste en presenciar un proceso o un procedimiento aplicados por otras personas.

El recalculó consiste en comprobar la exactitud de los cálculos matemáticos incluidos en los documentos o registros.

La re ejecución implica la ejecución independiente por parte del auditor de procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte del control interno de la entidad.

La indagación consiste en la búsqueda de información, financiera o no financiera, a través de personas bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad.




NIA 501 – EVIDENCIA DE AUDITORIA – CONSIDERACIONES ESPECIFICAS PARA DETERMINADAS ÁREAS

Esta Norma Internacional de Auditoria trata de las consideraciones específicas que el auditor ha de tener en cuenta en relación con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada.

El objetivo del auditor es obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la realidad y el estado de las existencias, la totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad y la presentación y relevancia de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable.

El auditor diseñara y aplicara procedimientos de auditoría con el fin de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material.

Incluidos los siguientes:

  • Revisión de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad, incluidos y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurídicos externos.
  • Revisión de las cuentas de gastos jurídicos. 

El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable mediante:

  • La obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para la determinación de la información por segmentos.
  • La aplicación de procedimientos analíticos o de otros procedimientos de auditoría adecuados teniendo en cuenta las circunstancias.


La realización de actividades de control adecuadas, como recopilar las hojas de recuento físico de existencias utilizadas, dejar constancia de las hojas de recuento físico no utilizadas y aplicar procedimientos de recuento y de repetición de este.

En algunos casos, puede no ser factible presenciar el recuento físico de existencias. Esto se puede deber a factores tales como la naturaleza y ubicación de las existencias.

Dependiendo el marco de información financiera aplicable, la entidad puede estar obligada o autorizada a revelar información por segmentos en los estados financieros.




NIA 510 – ENGARGOS INICIALES DE AUDITORIA – SALDOS DE APERTURA

Esta norma internacional de Auditoria trata de la responsabilidad que tiene el auditor en relación con los saldos de apertura en un cargo inicial de auditoría. Además de los importes que figuran en los estados financieros, los saldos de apertura incluyen cuestiones cuya existencia al inicio del periodo debe ser revelada.

Objetivo: para la realización de un cargo inicial de auditoría, el objetivo del auditor, con respecto a los saldos de apertura, consiste en obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre sí; los saldos de apertura contienen incorrecciones que pueden afectar de forma material a los estados financieros del periodo actual.

El auditor leerá los estados financieros más recientes, en su caso y el correspondiente informe de auditoría del auditor predecesor, si lo hubiera, en busca de información relevante en relación con los saldos de apertura, incluida la información revelada.

El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si, en los estados financieros del periodo actual, se han aplicado de manera congruente las políticas contables reflejadas en los saldos de apertura.

Si el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los saldos de apertura, expresara una opinión con salvedades o denegara la opinión sobre los estados financieros.

La naturaleza y extensión de los procedimientos de auditoría necesarios para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en relación con los saldos de apertura dependen de cuestiones tales como:

  • Las políticas contables aplicadas por la entidad.
  • La significatividad de los saldos de apertura en relación con los estados financieros del período actual.



NIA 520 – PROCEDIMIENTOS ANALITICOS

Esta Norma Internacional de Auditoría, trata del empleo por el auditor de procedimientos analíticos como procedimientos sustantivos, también trata de la responsabilidad que tiene el auditor de aplicar, en una fecha cercana a la finalización de la auditoria, procedimientos analíticos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre los estados financieros.

Los objetivos del auditor son: la obtención de evidencia de auditoría relevante y fiable mediante la utilización de procedimientos analíticos sustantivos y el diseño y la aplicación, en una fecha cercana a la finalización de la auditoria, de procedimientos analíticos que le ayuden a alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.

Procedimientos Analíticos: es la evaluación de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones plausibles entre datos financieros y no financieros.

Procedimientos Analíticos Sustantivos
Al diseñar y aplicar procedimientos analíticos sustantivos, tanto por si solos como en combinación con pruebas de detalle, como procedimientos sustantivos de conformidad con la NIA 330. 

El auditor:
Determinará la idoneidad de procedimientos analíticos sustantivos específicos para determinar afirmaciones, teniendo en cuenta los riesgos valorados de incorrección material y las pruebas de detalle.

Cuantificara cualquier deferencia entre las cantidades registradas y los valores esperados que se considere aceptable.

Procedimientos analíticos que faciliten una conclusión global
El auditor diseñara y aplicara en una fecha cercana a la finalización de la auditoria. Procedimientos analíticos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.

Investigación de los resultados de los procedimientos analíticos

Si los procedimientos analíticos aplicados de conformidad con esta NIA revelan variaciones o relaciones incongruentes con otra información relevante o que difieran de los valores esperados en un importe significativo, el auditor investigara dichas diferencias mediante:

  • La indagación ante la dirección y la obtención de evidencia de auditoría adecuada relativa a las respuestas de esta; y
  • La aplicación de otros procedimientos, según sea necesario en función de las circunstancias consideradas.






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